NUEVO PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR JUDICIALMENTE POR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO.
Se podrá reclamar la indemnización tanto por daños personales (días de hospitalización, días impeditivos y no impeditivos, secuelas, etc.), como por los gastos derivados del accidente (rehabilitación privada, collarines, medicación, transporte, daños del vehículo, etc.).
Con esta reforma, son los propios afectados quienes tienen que buscar un médico privado que realice el informe, suponiendo esto, además de un mayor coste para el lesionado, una mayor desventaja, pues puede ser más discutido que el informe emitido antes de la reforma por el médico forense.
Ahora, con la reforma del Código Penal, para solicitar la indemnización por accidente de tráfico se debe interponer demanda de conciliación. Es la vía extrajudicial (aunque se hace en un Juzgado) y es más rápida y suele tener bastante éxito. No hay que pagar procurador ni hay posible condena en costas. Nuestros abogados expertos en accidentes de tráfico pueden preparar toda la documentación y presentar la demanda de conciliación.
En este proceso, el juzgado señala un día en el cual se reúnen ambas partes y se negocia con la aseguradora para conseguir la totalidad de la cantidad reclamada como indemnización por accidente de tráfico.
Si no hubiera acuerdo en el acto de conciliación, se debe acudir a la vía civil, un proceso más largo y con el riesgo de una condena en costas. Además, la vía civil conlleva otros gastos para reclamar la indemnización por accidente de tráfico, como por ejemplo abogado y procurador, este último obligatorio a partir de reclamaciones de más de 2.000€, que será el escenario más frecuente.
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